Discapacidad

Ya están disponibles los bonos canjeables por alimentos de Junio

Beneficio del apoyo alimentario para personas con discapacidad en la ciudad de Bogotá correspondiente al mes de junio ya se encuentran disponibles.

Desde hoy y hasta el 30 de junio, más de 12,400 personas con discapacidad y sus cuidadores podrán acceder a los bonos de alimentos mensuales que concede la Subdirección para la Discapacidad de la Secretaría Distrital de Integración Social. Este programa es una ayuda esencial para quienes forman parte del Plan de Fortalecimiento de la Inclusión y Apoyo Alimentario, y abarca las 20 localidades de la ciudad.

Aquí te proporcionamos toda la información necesaria para que no te pierdas ni un detalle y puedas canjear tus bonos sin inconvenientes.

Dónde redimir los bonos: Almacenes Disponibles

Los beneficiarios que residen en las siguientes localidades pueden dirigirse a los almacenes Colsubsidio:

  • Usaquén
  • Chapinero
  • Usme
  • Bosa
  • Kennedy
  • Engativá
  • Barrios Unidos
  • Teusaquillo
  • Antonio Nariño
  • Rafael Uribe Uribe
  • Sumapaz

Aquellos que viven en estas localidades tienen la opción de redimir sus bonos en los almacenes Cencosud:

  • Santa Fe
  • San Cristóbal
  • Tunjuelito
  • Suba
  • Fontibón
  • Los Mártires
  • La Candelaria
  • Ciudad Bolívar

Los bonos pueden ser canjeados sin restricciones de horario, de lunes a domingo, desde las 8:00 a.m. hasta las 9:00 p.m.

Procedimiento para canjear el bono de alimentos

Para hacer efectivo el bono, los beneficiarios deben seguir estos pasos:

  1. Acudir al supermercado correspondiente a su localidad (Colsubsidio para algunas localidades y Cencosud para otras).
  2. Identificar el número del convenio al que pertenecen.
  3. Presentar el número de cédula registrado en el programa.

Cada bono permite canjear alimentos hasta un valor de $180,000 y está dirigido a personas con discapacidad en situación de vulnerabilidad, menores de 60 años y residentes en Bogotá.

Requisitos para ser beneficiario del programa

El acceso a estos bonos está condicionado por una serie de criterios que los solicitantes deben cumplir:

  • Residencia en Bogotá: Solo para residentes de la ciudad.
  • Edad: Personas con discapacidad hasta 59 años y 11 meses.
  • Situación de vulnerabilidad: Prioridad para aquellos que estén en esta condición.
  • Capacidad para preparar alimentos: Necesario contar con un lugar adecuado para cocinar.
  • Ingresos limitados: No deben contar con ingresos por pensión o empleo formal que igualen o superen un salario mínimo legal vigente (SMLV).

Además, es fundamental cumplir con los términos establecidos en el documento oficial de «Acta de compromiso de los participantes con la SDIS».

Trámites necesarios para acceder a los bonos

Para iniciar el proceso de solicitud, se deben presentar en la Subdirección Local de Integración Social más cercana a su residencia y aportar la siguiente documentación:

  • Copia del documento de identificación del solicitante y los miembros del núcleo familiar.
  • Recibo de un servicio público (agua o luz) del lugar de residencia actual.
  • Certificado de discapacidad o historia clínica que acredite la condición.
  • Copia de la consulta de Sisbén IV.

Una vez se cumple con estos requisitos y hay disponibilidad de cupos, la persona podrá ingresar al servicio y acceder a estos importantes recursos alimentarios.

La Secretaría Distrital de Integración Social ha llevado a cabo un proceso de verificación de la información de los beneficiarios y sus cuidadores. Durante este proceso, se han identificado algunas inconsistencias relacionadas con el rol del cuidador, el lugar de residencia y fallecimientos.

Suspensión Temporal de Beneficiarios

Como resultado de esta revisión, 498 personas han sido suspendidas temporalmente. Para reactivar sus beneficios, es necesario actualizar la información en la subdirección local correspondiente, aportando los siguientes documentos:

  • Certificado de discapacidad o historia médica reciente (con fecha no superior a un año).
  • Recibo de un servicio público (preferiblemente de agua).
  • Documento de identificación del beneficiario y los miembros de su núcleo familiar.

La entidad recomienda además actualizar la encuesta Sisbén si ha habido cambios en la composición del hogar o lugar de residencia.

Las personas que han sido suspendidas serán notificadas telefónicamente para coordinar la validación necesaria. Esta gestión debe realizarse antes del 30 de junio para no perder la ayuda económica. Recuerda que puedes optar por recibir la ayuda a través de transferencias monetarias o continuar con los bonos canjeables por alimentos, según tu preferencia.

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